El garantismo y otras corrientes filosófico – jurídicos de comienzo del siglo fueron marcando procesos de innovación jurídica en la medida en que se empezaron procesos de implantación jurídica, copia de modelos que funcionaban en otros sistemas jurídicos y fusiones, adaptaciones, articulaciones, entre otras posibilidades de creación en el derecho. Este tipo de creaciones e innovaciones jurídicas, dos décadas después se ha venido exacerbando en cuanto a la incorporación de la tecnología en el derecho, en la forma en que se interpreta el derecho, en las nuevas problemáticas que se presentan, y en cambios también en la forma de concebir y de relacionarse en el mundo.